La renta básica puede ser definida de distintas formas. En la web la Red Renta Básica ha utilizado esta definición: la renta básica es un ingreso pagado por el estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro de pleno derecho o residente de la sociedad incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva.
En menos palabras: una renta básica es una asignación monetaria pública incondicional a toda la población.
Las dos grandes diferencias de la renta básica con las prestaciones monetarias públicas habituales de los Estados de Bienestar son: 1) la incondicionalidad de la primera y la condicionalidad (a una situación: pobreza, discapacidad, desempleo…) de las segundas, y 2) la universalidad de la renta básica y la focalización en determinados colectivos de las segundas.
El Ingreso Mínimo Vital es un ejemplo claro de subsidio condicionado y muy focalizado para extremamente pobres, que contrasta de forma evidente con la incondicionalidad y universalidad de la renta básica.