Las Marchas Europeas contra el Paro han convocado movilizaciones que convergerán en Niza el próximo 7 de diciembre, desafiando al Consejo Europeo que clausurará el semestre de presidencia francesa. En el Manifiesto “Por los derechos fundamentales y sociales europeos” la reivindicación central es “el derecho a una renta garantizada individual sin discriminación de edad, de sexo o de origen, en toda Europa”. Que la corriente más activa y radical del movimiento obrero europeo haya asumido un objetivo relacionado con el Subsidio Universal Garantizado (SUG) es un signo de los tiempos que vivimos: de la desconfianza o el rechazo que suscitan todas las políticas de gobiernos y oposiciones de cualquier signo para la lucha contra el paro y la pobreza; también, creo yo, de la desesperanza sobre la posibilidad de cambios fundamentales en el mercado de trabajo. En esas condiciones, la “renta garantizada individual” se afirma como la mejor posibilidad de sobrevivir dignamente para los sectores más vulnerables de la sociedad europea.
Al tener noticias por primera vez del SUG, en 1986, me pareció un artilugio académico, curioso pero socialmente inútil (publicamos por aquel entonces en el periódico de la LCR, Combate, un amplio extracto del artículo-manifiesto de Van Parijs y Van der Veen “Una vía capitalista al comunismo”, pero considerándolo una extravagancia, cuyo principal mérito era contar con el apoyo de profesores universitarios a los que teníamos, y tenemos, aprecio). Creo que opiniones de este tipo se compartían ampliamente en la izquierda radical.
Hay que reconocer pues, que quienes se empeñaron en considerar al SUG como una alternativa solidaria y viable en la lucha contra el paro han ganado credibilidad en estos años, a la vez que la han perdido las diversas variantes de propuestas con el mismo objetivo, basadas en la reducción de jornada o en el crecimiento económico. Ésta es ya suficiente razón para volver a pensar seriamente sobre esta propuesta.
Hace cinco años, en el nº 24 de esta revista Félix Ovejero y Daniel Raventós decían sobre el SUG que “no hay razones para despacharlo con urgencia”. En el libro que ahora comentamos de Daniel Raventós, hay muchas y buenas razones para todo lo contrario.
El libro es una reelaboración de una tesis doctoral. Conserva de su formato original la metodología de trabajo, pero adoptando ahora un enfoque “militante”, escrito por alguien convencido de que su propuesta sirve para combatir la injusticia y el sufrimiento humano y que busca, no ya una buena calificación académica, sino convencer al lector, ganarlo para su causa. Este enfoque me parece un riesgo y un acierto. Me sitúo pues en la posición de lector dispuesto a dejarse convencer, que reconoce muchos prejuicios respecto al SUG, pero acepta que las respuestas tradicionales de la izquierda frente al paro, y más aún frente a la pobreza, no funcionan y es necesario buscar nuevas alternativas. Desde luego, el debate va a para largo y esta nota de lectura no tiene más pretensión que señalar algunos puntos críticos que no agotan, ni remotamente, el interés que suscitan las ideas y las propuestas del libro de Daniel Raventós.
Ética y viabilidad. La colaboración de Daniel en el Diccionario del nº 50, incluye un resumen de las principales ideas de su libro. Recomiendo ahora su (re)lectura como la mejor introducción a esta nota.
El libro no esconde su ambición desde el mismo título. El SUG se vincula al “derecho a la existencia”, entendido de acuerdo con la herencia mas radical de la Revolución francesa, en las palabras de Robespierre, aún más subversivas hoy que hace dos siglos (“De todos los derechos, el primero es el de existir (…) todas la demás leyes están subordinadas a esta ley social”. Recordemos que Robespierre establecía esta subordinación, especialmente respecto a las “leyes de la propiedad”). El SUG se propone como un elemento central en la lucha contra la pobreza (“pobreza extrema” se dice a veces, y la diferencia es de talla, pero este tema puede quedar para otra ocasión) y como el catalizador de una revisión de la ética social tradicional de la izquierda, basada en la relación entre derecho a la renta y derecho al trabajo.
La primera pregunta que se plantea Daniel es si el SUG es “éticamente deseable”. En dos aspectos, la respuesta que se encuentra en el libro me parece muy convincente. El primero, la consideración del SUG como un derecho de todos los seres humanos “por el simple hecho de existir, y no para existir”, según la brillante fórmula de Ramonet que Daniel cita en VS 50. El segundo es la superioridad moral del SUG respecto a los subsidios condicionados. Es verdad, como se afirma en el libro, que “los sistemas de asistencia social son muy humillantes”; y aún cabría añadir cada día estan más “condicionados”, a escala nacional e internacional, y son por ello más humillantes para los “beneficiarios”.
Pero hay un tercer aspecto que me parece muy problemático, al que Daniel dedica poca atención: la vinculación del derecho a la SUG con el derecho también universal a las prestaciones sociales básicas. Ésta es la que llamo “crítica nº 12”, añadiéndola a las 11 críticas “mejores y más frecuentes” al SUG que Daniel incluye y a las que responde al final de su libro (en realidad, supongo que esta crítica merece estar entre las “mejores” sólo porque alguna de las que recoge Daniel me parecen malísimas, por ejemplo: “Algunos beneficiarios del SUG no sabrán emplear su tiempo libre”). En mi opinión, esta vinculación condiciona tanto la calidad moral, como el interés político y la viabilidad práctica de SUG en la lucha contra la pobreza.
Porque el SUG es sólo “uno” de los derechos que fundamentan el “derecho a la existencia”. Su sentido ético y su viabilidad hay que establecerla junto al derecho a los viejos “common” de la “economía moral de la multitud” que nos reveló la obra formidable de E. P. Thompson, los “bienes sociales comunes” cuya satisfacción debe estar garantizada a todos los seres humanos, y por tanto tienen que estar liberados de la servidumbre mercantil: el agua, la salud y la educación, fundamentalmente (hay ya bastantes propuestas de “Estado del Bienestar mundializado” que incluyen propuestas diversas de “bienes comunes”: en Viento Sur 42, publicamos un artículo de Aguiton,Petrella y Udry muy interesante al respecto; el Programa de Naciones Unidas de Desarrollo ha lanzado una propuesta que tiende a recuperar estas ideas para el “neoliberalismo de rostro humano”. El documento de referencia se llama “Bienes Públicos Mundiales”, entre los que el PNUD incluye, por supuesto, los “mercados libres y eficientes”).
Hay aquí un debate fundamental con los defensores neoliberales de medidas tipo SUG, considerándolo un sustituto eficiente y barato de los sistemas de protección social (por ejemplo, Friedmann, que viene a ser el correspondiente económico de Nozick –el bonzo de la filosofía política neoliberal al que Daniel sí presta atención en el libro– con la diferencia de que Friedmann sí ha influido, y de qué manera, en la economía política que soportamos) Concebido así, el SUG me parecería no sólo éticamente rechazable, sino además políticamente muy peligroso, porque puede ser utilizado como un nuevo instrumento (legitimado mediante un uso perverso de la “autonomía personal” y la “libre selección de preferencias”) al servicio de la política económica dominante. Creo francamente que éste tipo de “SUG” es el único que podría ser hoy políticamente viable. Razón de más para diferenciarlo del SUG que se defiende en el libro. Como estoy convencido de que Daniel Raventós comparte estas preocupaciones, no acierto a entender por qué apenas aparecen en el libro. Lo hecho en falta, sobre todo en el capítulo 6º en el que se tratan las relaciones entre SUG y Estado del Bienestar, pero sólo desde el punto de vista de los subsidios condicionados.
SUG y lucha contra la pobreza. El segundo debate que quiero destacar está relacionado con la función del SUG en la lucha contra la pobreza. Se plantean aquí varios problemas importantes, el principal, la universalidad del SUG.
Una de las “críticas frecuentes” seleccionadas por Daniel es: “7. El SUG sólo está pensado para zonas o países ricos, como la Unión Europea”. La respuesta que da a esta crítica me parece demasiado rápida. Que algunos sociólogos de países como Brasil, Argentina o Nueva Zelanda (países que sólo podemos incluir en el Tercer Mundo en sentido amplio; consideremos que ocupan los puestos 74, 35 y 20 respectivamente, el Estado español es el nº 21 entre los 174 considerados en la clasificación de “desarrollo humano” del PNUD) defiendan el SUG no me parece un argumento relevante (máxime si lo defienden con argumentos tan de “música celestial” como los que se citan en el libro).
Si como se dice en el libro “El SUG ataca directamente a la pobreza”, hay que mostrar su viabilidad, no sólo, pero también, en los países pobres. Éste es un problema que exige un tratamiento específico, que no encuentro en el libro. Veamos un ejemplo concreto: la propuesta de las Marchas contra el Paro de una “renta universal garantizada” equivalente al 50% del PIB per cápita, (unas 91.425 pesetas mensuales en el Estado español, en paridad de poder de compra en la UE) sería una medida de enorme eficacia en la lucha contra la pobreza, teniendo en cuenta el nivel global de prestaciones sociales existentes en Europa (las cuales por otra parte, deben ser sustancialmente mejoradas, como proponen también las Marchas). Un criterio semejante en Nicaragua (452 $ de PIB per cápita) daría como resultado un ingreso suplementario inferior a 20 $ mensuales, en condiciones catastróficas de prestaciones sociales. La utilidad de tal medida para la lucha contra la pobreza sería ínfima, desde cualquier punto de vista, incluyendo el de la lucha por la dignidad de las personas pobres.
No presento este problema para descalificar el SUG, sino para destacar que en cuanto a la viabilidad “universal” del SUG está todo por hacer. Y la “universalidad” es esencial para el SUG. Así lo entiende Daniel y así hay que entenderlo, porque si no carecería de sentido en la lucha contra la pobreza y sería también ética y socialmente rechazable, incluso en los países ricos. Habría que hacer murallas aún más poderosas que las de Schengen para “proteger” a una Unión Europea “con SUG” del asalto de los desheredados del Sur.
La viabilidad política. Se acaba el espacio (tras haber agotado las posibilidades tipográficas) muy oportunamente cuando entro en un problema complicado: la viabilidad política del SUG.
Pienso que la propuesta del SUG supone no sólo una revolución cultural (para que el incremento de ingresos y de posibilidades de consumo tengan una orientacion ecológica y de convivencia social razonables), sino un cambio radical politico y económico, que bien podía llamarse también revolución, pero mejor evitar en este caso las grandes palabras. Efectivamente, el SUG tal como se entiende en el libro de Daniel, choca frontalmente con, voviendo a Robespierre, las “leyes de la propiedad”, o dicho más directamente, con la política y la economía dominantes. Quizás por “táctica argumentativa” Daniel destaca en el libro los consensos que existen o podrían existir en torno al SUG y su viabilidad sin necesidad de cambios fundamentales, sino solamente una mayor racionalidad en la recaudación y el gasto público.
Pero la realización del “derecho a la existencia” de todos los seres humanos implica, entre otras muchas condiciones, una cambio radical del sentido de las transferencias de renta, que actualmente van desde los “pobres” hacia los “ricos” en cada país, y desde el Sur hacia el Norte en este mundo insolidario y globalizado.
Entonces, ¿cómo y donde ganar la fuerza política y la base social necesaria para el SUG?
Francamente, no lo tengo muy claro. Pero creo que hay que incorporar estas preguntas a la carpeta de la izquierda alternativa. Y tener a mano el libro de Daniel en la biblioteca, con el lomo gastado y las páginas llenas de subrayados.
Viento Sur, n. 52, septiembre 2000








