La recepción por parte de toda la ciudadanía de un ingreso incondicional, a modo de salario, tanto si se trabaja asalariadamente como si no, puede parecer de buenas a primeras una noción descabellada. Los tiempos que corren no parecen muy favorables a esta noción, que para muchos entrañaría un hundimiento inmediato del erario público. Sin embargo, y pese a las reacciones primarias que pueda desencadenar, es una propuesta plausible, que merece ser sopesada con sosiego. Un Subsidio Universal Garantizado es, ni más ni menos, que un ingreso pagado por el gobierno a cada miembro de pleno derecho de la sociedad incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cual puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva.

Con precedentes que pueden rastrearse muchos años atrás en obras de diversos pensadores, la propuesta del Subsidio Universal Garantizado fue lanzada por vez primera en su versión actual en 1986 por Philippe van Parijs. Pronto fue objeto de una amplia discusión académica internacional. Desde aquel momento vióse que la propuesta poseía una doble vertiente, ética y económica. Se partía de la base de que lo que es políticamente viable depende en gran medida de lo que está demostrado que es éticamente justificado. Y se asumía que, con su actual capacidad fiscal y niveles de gasto público, los estados de los países prósperos podían permitirse, sin menoscabo para su economía, la implantación de un salario (o subsidio) universal garantizado, que beneficiaría en especial a los parados, a los pobres, a los jubilados, a los jóvenes y a los enfermos. Actualmente, el debate ya ha trascendido el marco académico y empieza a ser, en algunos estados de la Unión Europea y de América Latina, un debate social.

El estudio de Daniel Raventós explora esta propuesta, y lo hace con una poco común competencia, tanto en el campo de la filosofía moral como en el de la economía política. El derecho a la existencia encuentra su apoyo teórico en las doctrinas proigualitarias de la justicia de autores como el filósofo John Rawls y el economista Amartya Sen para refutar luego rigurosamente las de las posiciones neoliberales más duras. No obstante, donde el ensayo de Raventós cobra un mayor interés es en su consideración sistemática de todos y cada uno de los argumentos económicos y sociológicos que se han ido desgranando contra la implantación de un tal subsidio cívico. Una nota tan breve como la presente no puede dar cuenta y razón de la riqueza y lucidez de su argumentación, y sólo puede invitar a sindicalistas, economistas y en general a cuantos estén interesados en cuestiones de igualdad, ciudadanía y reparto equitativo de la riqueza, que lo exploren por sí mismos. No encontrán en este libro ni un adarme de demagogia: al contrario, su autor sopesa la solidez y debilidad de sus propios argumentos y reconoce la fortaleza ocasional de la de sus contrincantes.

Sus conclusiones son convincentes: el gobierno puede y debe garantizarnos un ingreso mínimo desde la cuna hasta la tumba, tanto si queremos trabajar de forma remunerada como si no lo queremos, y al margen de otras formas de renta que obtengamos. Hay que tener en cuenta que una parte muy considerable de tal gasto no iría a aumentar, sino que se deduciría de los vastos empeños que los estados ya sufren para el mantenimiento de sus múltiples cargas públicas. Amén de que innovaciones como la de la célebre ‘tasa Tobin’ –el impuesto aún inexistente sobre las vastas transacciones internacionales podrían venir a reforzar los argumentos de quienes abogan por esta nueva concepción fiscal de los derechos del ciudadano. Conviene que El derecho a la existencia no pase inadvertido. Que quienes no estén de acuerdo con las buenas razones que presenta Daniel Raventós demuestren, si pueden, que está equivocado.

Reseña de El Derecho a la Existencia de Daniel Raventós
Babelia – El País, noviembre de 1999